En esta sección se recopilan las normas, leyes, decretos y cualquier otro tipo de información para la seguridad de los ciclistas
- Se suprimen las exenciones de uso del casco y todos los ciclistas deberán llevarlo en vías interurbanas.
- Aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este vehículo (riders) deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante. Ambas situaciones son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
- El conductor que adelanta a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
- Además, en calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 m.
- En vías urbanas:
- Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad.
- Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.
- En aquellas de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros/hora o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación.
Nueva ordenanza de circulación. Ayuntamiento de Elche
Guía del Ciclista Ayuntamiento de Elche
Guía del Ciclista Guia del ciclista de la DGT
Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Reglamento General de Vehículos
El artículo 22 y el Anexo II definen lo que es ciclo, bicicleta, obligación de llevar timbre y luces, etc…